jueves, 29 de septiembre de 2011

Los genocidas se esconden en provocar la lentitud

Comienzan las réplicas de la Fiscalía y de las querellas
Los represores apuestan a la dilación

La renuncia del abogado que defendía a seis represores ya demoró una semana el juicio, cuyo veredicto estaba previsto para mediados de octubre. Los fiscales y los abogados querellantes revisarán los casos de Rodolfo Walsh y de María Cristina Lennie, entre otros.

 Por Alejandra Dandan

El juicio oral por los crímenes cometidos en la ESMA entró en la lógica de una partida de ajedrez. La renuncia del abogado Alfredo Solari, a cargo de la defensa de seis marinos, desató un efecto en cadena que suspendió una semana el proceso. Faltan pocos días para el veredicto previsto para mediados de octubre, pero a la luz de los dos años de juicio aún esas dimensiones parecen eternas. Hoy comienzan las réplicas de la fiscalía y las querellas. Revisarán el caso Walsh y el de María Cristina Lennie, entre otros. La semana próxima responderá la defensa de los marinos que, de acá en adelante, seguramente intentará buscar todas las formas posibles para seguir retrasando el veredicto.

Acaso la intención de demorar el final del juicio pudo empezar a verse en los últimos días. El abogado Alfredo Solari representaba a seis marinos, entre ellos al represor Ricardo Cavallo. Su renuncia generó un dislate en la sala de audiencias. El Tribunal Oral Federal 5 ese día le había encargado además la representación de Julio César Coronel, otro imputado cuyo abogado (que además es su hijo) no estaba en la ciudad. En los últimos días, los seis marinos que eran representados por Solari nombraron a un nuevo abogado: Olmedo Barrios, con domicilio en La Plata, quien pidió un plazo de diez días para ponerse al tanto de la causa. Un plazo que puede hacer demorar nuevamente todos los plazos y que alguno se ocupará de pedir que quede reducido al mínimo legal disponible: tres días en total.

Barrios lleva adelante la defensa de otros represores en varias causas por delitos de lesa humanidad y una firma con su nombre aparece entre los abogados de la Agrupación por la Justicia y la Concordia, que en una carta abierta al titular de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, se quejan por el avance de los juicios. Su nombre aparece como autor de un blog que recientemente publicó la carta en la que Francisco Solari se define como perseguido político porque un alumno suyo de la Facultad de Derecho denunció sus posturas pro dictadura.

En ese contexto, el juicio oral hoy debería empezar con la etapa de réplicas. Primero hablará la fiscalía de Pablo Ouviña y Mirna Goransky durante unas tres horas, aunque no “replicarán”, sino que responderán “planteos de las defensas”. La diferencia entre uno y otro criterio no parece sólo semántica porque permitiría ganar días, pero la fiscalía dice que es por otra razón: “No hay réplicas porque realmente en este caso no corresponden”, explicaron. El planteo no va a discutir hechos o pruebas, sino ejes como el de “cosa juzgada” o la prescripción de las causas.

Luego será el turno de las querellas integradas por los organismos de derechos humanos. Volverán sobre algunas claves de los alegatos, entre ellos algunos tramos con los que intentaron avanzar sobre criterios duros y ortodoxos de la Justicia, cuestionados más tarde por las defensas. Pero retomados aun así en otros ámbitos judiciales, como sucedió por ejemplo con el caso de la violencia sexual.

Entre esos puntos más críticos volverán al caso Rodolfo Walsh. La defensa objetó que el caso haya empezado por “privación ilegal de la libertad y tormentos” y termine con una imputación extra por homicidio. Eso que para la lógica penal es un problema de “derecho”, para las querellas en cambio es un hecho habilitado porque el juicio arrojó pruebas claras de la presencia del cuerpo asesinado de Walsh dentro de la ESMA. Algo similar ocurre con el caso de María Cristina Lennie, que tomó cianuro cuando iba a ser secuestrada por una patota de la ESMA en 1977. La ingesta, hasta aquí leída como “suicidio”, el CELS la enmarcó como “homicidio”, por “una situación que en forma dolosa crea el autor mediato, que deviene penalmente responsable”. El caso Lennie es importante no sólo en el juicio ESMA, sino como lógica para revisar el modo en el que se investigan las hasta ahora muertes de otros militantes políticos.

lunes, 26 de septiembre de 2011

El abogado de 5 genocidas camino a juicio acádemico por defender el Terrorismo de Estado

Terminaron los alegatos de la defensa y renunció el abogado de cinco acusados

El abogado Alfredo Solari, defensor de cinco de los acusados en el juicio por los crímenes cometidos en la ESMA, renunció hoy por "razones de salud", al culminar el último de los alegatos y tras afirmar que sus clientes eran "chivos espiatorios" juzgados por "tribunales revolucionarios".

La renuncia de Solari y tres de sus hijos a las defensas de los acusados Ricardo Cavallo, Juan Carlos Rolón, Pablo García Velazco, Raúl Scheller y Alberto González, fue vista como una maniobra dilatoria por parte del fiscal Pablo Ouviña, debido a que los ex represores pidieron, y les fue concedido, un plazo de una semana para designar nuevo defensor.

La renuncia de Solari, pese a la presentación de ese escrito, tomó "por sorpresa" a sus clientes, en una audiencia en la que estaba previsto que Ouviña iniciara la "réplica", penúltimo de los pasos previos a una resolución de los jueces del Tribunal Oral Federal 5 (TOF 5) encargados del juicio más importante, por su trascendencia nacional e internacional, de los que se llevan a cabo en materia de crímenes de lesa humanidad.
De hecho, tras retirarse Solari el tribunal pasó a sucesivos cuartos entermedios, tras los cuales le aceptó la renuncia, designó una defensora oficial ad hoc, Daniela Mazza y fijó un plazo de cinco días para que los acusados designen un nuevo defensor particular o decidir si siguen con ella.
Aún así el más extenso de los intervalos se produjo cuando el presidente del Tribunal anunció que iban a tratar de localizar al abogado Julio Coronel, defensor de su padre homónimo, quien rechazó a la defensora oficial.

Solari, en su alegato esperpéntico se despachó contra el actual gobierno y esbozó que los juicios por violaciones de los derechos Humanos fueron impulsados por "Estados Unidos y Gran Bretaña para castigar a las Fuerzas Armadas argentinas por la guerra de Malvinas".

Ahora este abogado deberá enfrentarse al JUICIO ACADEMICO que le espera en la Facultad de Derecho por la permanente apología del Terrorismo de Estado que se cobró 30.000 personas en Argentina.

jueves, 22 de septiembre de 2011

Sobre el represor Francisco Di Paola

A este le cabe perpetua y no zafa. (Carlos Lordkipanidse, sobreviviente ESMA) 

Francisco Armando Di Paola, alias "Chino", fue jefe de operaciones durante un período en que Adolfo Donda era Jefe de inteligencia.

El "Chino" era quien alquilaba una quinta en la zona norte.... En dicha  quinta pude ver todos mis enseres hogareños robados de mi casa cuando fui secuestrado, incluida la cuna de mi hija María Victoria.
En esa misma quinta fue donde llevaron al matrimonio Dameri-Ruiz con sus dos pequeños hijos y ella embarazada.
Ella dio a luz en la ESMA, los dos chicos fueron tirados uno en la ciudad de Rosario y otro en la ciudad de Córdoba;  la nena que nació fue apropiada por Azic y el matrimonio fue finalmente trasladado.
Una de las historias más trágicas del periodo que me toco vivir donde este genocida fue un protagonista principal.

Fue uno cuyos datos de afiliación presentamos al  juzgado de Torres,  para que fuese detenido y se le tomase indagatoria. Desde un primer momento se fugó... recién ahora -por fin-  se lo detuvo.

miércoles, 21 de septiembre de 2011

Represor de la ESMA, prófugo desde 2008.... estaba en Neuquén

Detuvieron al prófugo Di Paola

El capitán de fragata Francisco Armando Di Paola, que integró el grupo de tareas de la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) bajo el seudónimo de “Chino” y estaba prófugo desde el 2008, fue detenido ayer en Neuquén. Di Paola era uno de los seis oficiales de la Armada imputados en el juicio por delitos de lesa humanidad que eludieron la acción de la Justicia.

La orden de captura había sido librada por el juez federal Sergio Torres, quien lo declaró en rebeldía luego de que Di Paola no se presentara a prestar declaración indagatoria en diciembre de 2008, como sospechoso de crímenes imprescriptibles cometidos en ese centro clandestino de detención entre 1979 y 1981.

El juzgado federal 12 de la Capital Federal informó que la detención se concretó gracias a tareas de investigación realizadas por la División Operaciones de la Dirección General de Seguridad Interior de la Policía Federal Argentina, quienes desde hace meses seguían la pesquisa en varias provincias.

En el curso de esta semana, Torres le tomará declaración indagatoria en relación a su responsabilidad respecto de “hechos que damnificaron a decenas de víctimas” secuestradas en la ESMA, cuando Di Paola ostentaba el grado de capitán de fragata.

El juicio por los crímenes de la ESMA está llegando a la etapa final. Hay diecinueve procesados, entre ellos Jorge “El Tigre” Acosta, quien actuó como uno de los jefes de los grupos de tareas, y los emblemáticos oficiales del terror Alfredo Astiz y Ricardo Miguel Cavallo.

El dueño de la vida y la muerte del mayor centro clandestino de la Armada, Emilio Eduardo Massera, falleció al igual que gran parte de los máximos jefes de esa fuerza sin que el proceso por las atrocidades cometidas hubiera llegado a condena. El vicealmirante Rubén Chamorro, jefe directo de la ESMA, es otro de los dieciséis oficiales que murieron.

El asesinato del escritor y periodista Rodolfo Walsh, el secuestro y la desaparición de las monjas francesas, del grupo fundador de Madres de Plaza de Mayo, de la estudiante sueca Dagmar Hagelin, son algunos de los casos que están siendo juzgados y esperan sentencia para antes de fin de año.

sábado, 3 de septiembre de 2011

Abren una causa para investigar los crímenes sexuales cometidos en la ESMA

Violencia de género que no prescribe

El juez federal Sergio Torres consideró que los sometimientos sexuales en la ESMA fueron parte del plan de represión y exterminio del terrorismo de Estado. Resolvió abrir una investigación para juzgar estos crímenes por separado, algo hasta ahora inédito.
Por Alejandra Dandan y Victoria Ginzberg

“Los sometimientos sexuales no fueron casos aislados, sino que se trataba de prácticas sistemáticas llevadas a cabo, dentro del plan clandestino de represión y exterminio, por el Estado.” Con esta declaración el juez federal Sergio Torres ordenó la apertura de una causa específica para investigar las violaciones y otros delitos de violencia de género cometidos en la ESMA durante la última dictadura, algo hasta el momento inédito. El magistrado citó jurisprudencia internacional para fundamentar la condición de crímenes contra la humanidad de estos hechos.

“Es importante que se investiguen las violaciones como delitos autónomos, las víctimas expresaron la necesidad de que se investiguen como algo distinto de los tormentos. Ahora que hemos avanzado en juzgar las desapariciones, los secuestros y las torturas, se empieza a ahondar en cuestiones más específicas acerca del sufrimiento de las víctimas”, señaló a Página/12 la abogada del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) Carolina Varsky. Fue en base al alegato de ese organismo de derechos humanos en el juicio oral sobre los crímenes de la ESMA que se está llevando a cabo en este momento que Torres decidió iniciar una investigación sobre este tema.

En tribunales hay opiniones divididas sobre si corresponde o es conveniente considerar los delitos de índole sexual como crímenes específicos o si deben ser subsumidos dentro de la categoría general de torturas. El mismo Torres procesó al represor Jorge Acosta por una violación y la Cámara Federal señaló que el hecho debía ser calificado como imposición de tormentos. Pero hay antecedentes en los que represores fueron procesados o condenados por delitos sexuales. El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata consideró culpable al ex suboficial de la Fuerza Aérea Gregorio Rafael Molina por violaciones reiteradas en el centro clandestino La Cueva, a las que consideró crímenes de lesa humanidad. A su vez, el juez federal de Tucumán Daniel Bejas procesó a los jerarcas militares Antonio Domingo Bussi y Luciano Benjamín Menéndez como “partícipes necesarios” (no ya autores directos) de la violencia de género cometida contra todas las mujeres que estuvieron detenidas en el penal de Villa Urquiza. Lo que hasta ahora no había era una causa específica que agrupara sólo estos hechos. En este caso, Torres, que tiene a su cargo el expediente sobre los crímenes de la ESMA, decidió separar en una pesquisa diferenciada los delitos sexuales que se cometieron en ese centro clandestino de detención durante el terrorismo de Estado. Hasta el momento, hay dieciocho casos documentados.

La resolución

El juez explicó que “si bien en principio podrían interpretarse (los crímenes sexuales) como asociados o incluidos dentro del delito de tormentos, porque ambos implican en última instancia una lesión a la dignidad humana”, consideró que “a los fines de despejar y agotar todas y cada una de las hipótesis delictivas que se habían conformado a lo largo de la presente investigación, teniendo en especial consideración la particular cuestión de índole vivencial de los hechos que aquí se persiguieron, deberán investigarse en forma separada”.

“A mi juicio –explicó Torres–, la finalidad por la cual los delitos sexuales se habrían cometido podría estar emparentada a crear en las víctimas cierto estado de cosificación, que eran propiedad privada de sus captores, que estaban libradas a sus designios, en definitiva como una forma de reducción de la voluntad y método de dominación. Podría pensarse, como otra hipótesis, que estos ataques sexuales pudieron haber servido además a los captores para obtener información de parte de una persona cercana a esa víctima a quien hacían presenciar el ataque”.

El juez también introdujo otra cuestión que será motivo de futuros análisis en tribunales. Las violaciones son delitos “de acción privada”, lo que significa que sólo pueden ser investigadas si la víctima denuncia e impulsa la investigación. Sin embargo, Torres manifestó que por la “particularidad” que revisten –es decir, que fueron cometidas desde el propio aparato del Estado en el marco de un plan sistemático de represión–, estos casos son “distintos dentro de su propia especie de otros de idénticas características” y que “independientemente de que no se haya expresamente declarado la intención de instar la acción penal contra el autor del hecho para que se pueda impulsar la investigación, se entiende que si allí (en las declaraciones testimoniales) fueron narradas, las víctimas tienen el deseo de que se conozcan, de que trasciendan, en definitiva de que se investiguen”. De todas formas, notificó a las víctimas o sus familiares para que, si lo desean, se presenten para impulsar la investigación.

Para tipificar las violaciones como crímenes de lesa humanidad, el juez citó la Convención de Ginebra, el Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra, la jurisprudencia de los Tribunales Penales Internacionales de Ruanda, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. También mencionó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de la nuera del poeta Juan Gelman, María Claudia García, analizó la violencia de género (categoría que amplía la pesquisa) contra mujeres detenidas clandestinamente en el marco de terrorismo de Estado y calificó tales ilícitos como delitos de lesa humanidad.